domingo, 21 de septiembre de 2014



Auditoría gubernamental:



La auditoría gubernamental es aquella que realiza auditorías al sistema público y a las diferentes instituciones autónomas que funcionan o fueron creadas a través de fondos públicos.

Este tipo de auditoría es altamente especializada ya que normalmente cada área de gestión gubernamental posee tanto leyes especiales como reglamentos propios de la materia que se trate; por lo tanto es fundamental que el auditor posee conocimientos de las leyes y normas que le aplican a dichas instituciones para poder auditarlos. Las auditorías hacia los órganos del estado deben de hacerlo los auditores independientes del área privada que conoscan de la materia para no violentar el principio de independencia del auditor y efectuar una auditoría imparcial para que de fe y legalidad de la administración de recursos estatales y el manejo de fondos públicos.

Su finalidad es detectar si existen o no delitos de las instituciones o encargados de estas y dictaminar la eficiencia de la utilización de los recursos estatales.



Entre los diferentes delitos que pueden cometer los funcionarios gubernamentales tenemos:


  • Corrupción: es el acto de engañar a otras personas para obtener beneficios fuera de la ley.
  • Fraude: es un acto por el cual se efectúan daños contra otro a través de mentiras o engañas para obtener algún beneficio.
  • Peculado: consiste en la apropiación de recursos, bienes o dinero del estado.
  • Peculado por culpa: consiste en permitirle a otra persona apropiarse de bienes que no le corresponden a través de su cargo.
  • Concusión: es el acto de utilizar el poder de su cargo para hacer que otra persona le prometa una remuneración a cambio de un acto arbitrario a favor de este.
  • Exacción: consiste en utilizar el poder del cargo para efectuar o imponer tasas, contribuciones o cualquier otro modo de lucro a favor de las municipalidades o instituciones de forma ilegal, agresiva o de modo grave que la ley no lo autorice.
  • Cohecho propio: significa realizar actos impropios de su cargo a cambio de una retribución.
  • Cohecho impropio: es cobrar una retribución extra que el mismo puesto lo dictamina como gratuito en función de sus labores.
  • Malversación: es el acto de desviar fondos destinados a una cuenta hacia otra que no esta destinada legalmente.
  • Enriquecimiento ilícito: consiste en tener un aumento patrimonial injustificado durante el desarrollo de como funcionario.
  • Tráfico de influencias: es el de mover influencias para beneficiar a alguien a cambio de una retribución.
En El Salvador la autoridad competente de gestionar el control en el área gubernamental es la CORTE DE CUENTAS.




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