lunes, 24 de noviembre de 2014

Las zonas francas en El Salvador:

¿Qué son las zonas francas?

Una zona franca es un área geográfica específica que se destina a la industrialización con fines de exportaciónes un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributarios, como la excepción del pago de derechos de importación de mercancías, de algunos impuestos o la regulación de estos.

En las zonas francas suelen crearse grandes centros de compra y se instalan con frecuencia, también, industrias maquiladoras, plantas procesadoras o almacenes especiales para la mercancía en tránsito.

A continuación podemos observar la ubicación de las zonas francas de El Salvador y su distribución:



Las zonas francas así como las DPA (depósitos de perfeccionamiento de activos) se encuentran regulados por la "Ley de zonas francas industriales y de comercialización" y su respectivo reglamento de aplicación.

La ley surje con la finalidad de estimular la seguridad fiscal de los inversionistas extranjeros, adaptarse a la globalización y generar fuentes de empleo para los Salvadoreños con sus respectivos derechos constitucionales de remuneración.

Las zonas francas surjieron por la necesidad de los paises del primer mundo de minimizar sus costos de mano de obra y obtener la misma calidad en la elaboración de los productos; así fue como estos paises desarrollados utilizaron el recurso de mano de obra barata abundante para potenciar sus negocios. Las zonas francas no son más que una figura legal que les permite a inversionistas extranjeros hacer una explotación de las ventajas de la ubicación sin pagar una retribución al país por sus utilidades.

domingo, 23 de noviembre de 2014

"Ley de mercado de valores"




El mercado de valores de El Salvador como otros sectores, se encuentra regulado por una ley especial que norma el marco operativo de todos los involucrados en el comercio de títulos valores de forma habitual.

La ley fue creada con el objetivo de asegurar los intereses de todos los involucrados en las transacciones comerciales de títulos valores; repartió tanto deberes como responsabilidades para asegurar un ambiente seguro de inversión de forma tal que impulsara la inversión.

Existen varios involucrados en el comercio de valores de los cuales podemos observar los siguientes:



Emisores: son todas aquellas entidades que necesitan captar fondos para financiar sus operaciones y lo hacen a través de títulos valores o bonos.

Inversionista: es la persona natural o jurídica que desea invertir en títulos valores o bonos con la finalidad de obtener beneficios futuros por su aporte de capital.

Clasificadora de riesgo: como su nombre lo dice son entes especializados en valuación y clasificación de los riesgos de cada tipo de titulo valor por la cual le da una puntuación que sirve de referencia para los inversionistas del mercado de valores.

Casa corredora de bolsa: es un intermediario entre la emisora de títulos valores y el inversionista; se encarga de realizar las ordenes de compra del inversionista y aconseja al inversionista en sus inversiones.

Bolsa: es el lugar donde se realizan las operaciones de compra y venta de valores.

CEDEVAL: institución especializada en la salvaguarda de los títulos valores de los inversionistas.

Instituciones del estado: son tanto cotizantes de la bolsa de valores como también parte del sistema regulatorio.


Actualmente uno de los mayores emisores en el mercado de valores de El Salvador es el propio gobierno el cual utiliza el mercado bursátil para financiar su presupuesto general de la nación.

Las casas corredoras de bolsa que operan en  El Salvador son:

  • Servicios Generales Bursátiles (SGB)
  • G&T Continental
  • Valores Banagricola
  • Accival
  • SYSVALORES
  • Roble Acciones y Valores
  • Valores Cuscatlan
  • Valores Davivienda El Salvador
  • Lafise Valores El Salvador
  • Prival Securities
  • Scotia Inversiones
  • Inversiones Bursátiles Credomatic


jueves, 20 de noviembre de 2014

"LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO"


Las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro tienen por objetivo subsanar una necesidad social urgente que nadie más puede o esta supliendo; su doctrina se basa en el altruismo y por lo tanto todo el capital obtenido en sus labores de recaudación son en teoría únicamente para seguir prestando la función social desempeñada por está.


Por lo tanto la ley las ha considerado exentas de impuestos ya que las asociaciones y fundaciones no persiguen el lucro económico individual sino el bienestar colectivo de la sociedad. Por lo cual son necesarias para el desarrollo del país y sus habitantes.


La ley de asociaciones y fundaciones sin fines de lucro fue creada con la intención de normar y limitar a las asociaciones para que las personas mal intencionadas no tengan acceso a estas, o que busquen beneficios comerciales a través de la excención de impuestos disfrasadas de una asociación de este tipo.




La ley regula tanto la manera de constitución, como la forma operativa de dichos entes sin fines de lucro. Todo es con la finalidad de delimitar la figura de una entidad y los tratamientos especiales que debe de implementar en su desarrollo.

Una asociación o fundación sin fines de lucro aunque esta exenta de pago de un tributo, esta obligada a presentar la información pertinente de su salud financiera ya que estas siempre estarán bajo control de las autoridades pertinentes con el objetivo de que no se conviertan en fuentes ilícitas de negocios o prestaciones a terceros que no lo ameriten.



martes, 11 de noviembre de 2014



LACAP en el ámbito Salvadoreño:


La LACAP( Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública) fue creada con la finalidad de Normar y delimitar los procesos, montos y formas de contratación; así como también para definir los derechos y responsabilidades de los oferentes y los ofertantes de los bines y servicios.


La ley establece tanto los procedimientos a aplicar por parte de los oferentes que en nuestro caso serian todas las instituciones públicas o que operen con fondos públicos y los ofertantes que pueden ser personas naturales o jurídicas que ofrecen sus bienes y servicios. Todo lo anterior se encuentra a cargo de las UACI(Unidades de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales) las cuales son las encargadas de efectuar las adquisiciones y contrataciones a nivel de la institución de la cual dependan; las cuales estarán vigiladas por la UNAC(Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones) cuyo propósito es de normar los criterios bajo los cuales se efectuaran las adquisiciones y contrataciones a nivel general en base al propósito definido en el presupuesto general de la nación, la cual estará bajo el cargo del ministerio de Hacienda pública.

Los procesos de adquisiciones y contrataciones usualmente son ejecutados a través de:

-Licitaciones o concursos públicos.
-Gestión directa.
-Libre contratación.

Cada tipo de proceso se encuentra normado por la ley y para cada uno se establecen criterios técnicos, lógicos y matemáticos para delimitar el uso de cada modalidad. 

La finalidad de los procesos anteriores es el de generar tanto una libre competencia por la adjudicación total o parcial de una orden de compra; como también fomentar la divulgación transparente de los usos que se le dan a los fondos públicos en materia de compras.


El impacto que genera en El Salvador es el del fomento de la económia a través de la producción generada para satisfacer una necesidad guibernamental y lo más interesante que la ley nos provee es "la información del destino de los fondos públicos". Es una información relevante ya que al sector económico le interesa saber las oportunidades de negocios que existen a su disposición y al público en general le deberia interesar el "uso" de los impuestos, tasas y contribuciones los cuales denotan la eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos.

Para mayor conocimiento, información o actualización de conocimientos utilizar los siguientes enlaces:



domingo, 9 de noviembre de 2014





Ley de bancos de El Salvador:


La ley de bancos fue creada con la finalidad de regular las operaciones de captación de fondos y las de colocación de efectivo de tal manera que ambas partes resultaran protejidas en el sentido de la legalidad de los actos y además promover o fomentar el ámbito del desarrollo económico; así como los deberes y responsabilidades a adquirir tanto por los intermediarios como por los usuarios del servicio.


La ley tiene por propósito principal regular todas las características operativas como también constitutivas de las entidades o instituciones financieras. Esto es con el propósito de asegurar ante los terceros la responsabilidad de estos al manejar el efectivo de los ahorrantes y depositantes; además de otros puntos claves para asegurar un desarrollo económico con características de estabilidad y justicia.



En la realidad las instituciones financieras han utilizado la presente ley como herramienta para su benéfico, ya que en la ley existen ventajas legales en cuanto a la parte de la tributariedad que las  grandes, medianas y micro empresas de otros sectores no poseen.

Asiendo un análisis de los motivos que impulsaron a los legisladores a dejar estos incentivos por así llamarlos, podemos expresar que tal ves fueron creados por el criterio del riesgo empresarial de este sector, ya que el riesgo de recuperación de créditos es muy alto. Si bien este sector económico posee un alto riesgo en sus operaciones activas, obtiene grandes beneficios por correr estos riesgos, además es uno de los sectores más lucrativos de El Salvador, las inversiones en estas instituciones están practicamente aseguradas y su rentabilidad es alta. 

Al final la ley es necesaria para controlar a las instituciones financieras ya que sin ella también se podrían dar problemas de legalidad e inclusive abusos por porte del sector ante los usuarios.